Medida de apoyo

Medida de apoyo

MEDIDAS DE APOYO A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
-->> Reducción y aplazamiento del pago de alquileres a las entidades instaladas en los distintos inmuebles y polígonos del Consorcio
Acuerdo del Pleno de Zona Franca, de 25 de marzo de 2020
Organismo : Zona Franca de Vigo
Organismo gestor: Zona Franca de Vigo
25/03/2020
El Pleno ha resuelto que estas medidas serán aplicables a los usuarios de los polígonos de Balaídos y Bouzas arrendatarios de edificios de oficinas, naves y almacenaje exterior; a los alojados en el Centro de Servicios del PTL y en la nave logística; a los que están en el Centro de Negocios, en el Edificio Tecnológico y en las naves bioclimáticas de Porto do Molle; en el CIE y Edificio de Servicios de A Granxa; en los edificios dotacionales de Montero Ríos y Plaza de la Estrella y en la Casa do Reloxo de Baiona.

A todos ellos, y como norma general, la Zona Franca les exonerará del pago de la renta o del canon de servicio o la bonificación su importe sin que ello suponga una modificación de los contratos de arrendamiento o prestación de servicios suscritos. En caso de que los beneficiarios de estas medidas obtuviesen otras ayudas públicas destinadas a financiar sus gastos de arrendamiento, éstas primarán sobre las medidas aprobadas por el Consorcio, de manera que el beneficiario deberá proceder a la devolución de los importes económicos que haya recibido. Para la aplicación de estas medidas es necesario que el interesado realice una solicitud previa y que, en los casos en que sea un requisito el descenso de facturación, se acredite el mismo.

Las rentas y los cánones por servicios prestados correspondientes al mes de abril de 2020 no se cobrarán en abril y serán facturadas (en las cuantías que resulten de la aplicación de las medidas contempladas) en la primera quincena de junio de 2020. Asimismo, en esta facturación que se emitirá en junio, se incluirán también los abonos por corrección o bonificación de las rentas y cánones de servicio del mes de marzo. Del mismo modo las rentas y cánones correspondientes al mes de mayo de este año también se cobrarán en junio. Las rentas correspondientes al mes de junio se facturarán en julio.

Específicamente, se acordó eximir de la renta de marzo y también de la de abril en el caso de que se extienda a ese mes la declaración del estado de alarma, a todos los inquilinos de locales destinados a restauración y, en general, a aquellos locales que, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, que declara el estado de alarma y el artículo 7 del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de marzo de 2020, han tenido que suspender su actividad y/o paralizar su apertura al público:

A los inquilinos de oficinas, naves y otras construcciones y de superficie exterior se les bonificará el 100% de la renta correspondiente al mes de marzo de 2020 y, en caso de que la declaración de estado de alarma se extienda a todo o parte del mes de abril, bonificación también del 100% de la renta del mes de abril
de 2020 cuando su facturación se haya visto reducida, respectivamente en los meses de marzo y/o abril, al menos, en un 75 % en relación con el promedio de facturación mensual del semestre anterior. Para esas empresas que hayan visto reducida su actividad al 50 % en relación con el promedio de facturación mensual del semestre anterior, la bonificación será del 75%  de igual manera para marzo y en el supuesto de abril. Esta bonificación no resultará aplicable en el supuesto de contratos de arrendamiento que estipulen una renta variable para superficies exteriores.

A todos los Emprendedores, localizados en el CIE A Granxa en O Porriño, en el vivero del Centro de Negocios, del Edificio Tecnológico y de los talleres industriales de Porto do Molle en Nigrán, y en la Casa do Reloxo en Baiona la Zona Franca les exime del canon de servicio de marzo y el de abril, si continúa la alarma. Para los usurarios de espacios de coworking se aprobó la exención de renta mientras se mantenga el cierre de estos espacios.

El Pleno acordó facultar al Delegado del Estado para que sea él quien apruebe o deniegue la exención o bonificación que corresponda a cada uno de los potenciales beneficiarios de las medidas aprobadas.