Empresas y autónomos con ayudas, exentos de la moratoria de cuotas
Compañías con Erte y autónomos con prestación pueden aplazar la cotización
La moratoria extraordinaria del pago de la cotización de la Seguridad Social para los meses de devengo de abril a julio tendrá limitaciones. Para empezar, quedarán fuera las empresas que se hayan acogido a los Erte y los autónomos a los que se les ha concedido la prestación extraordinaria, según avanzan fuentes de la Seguridad Social a elEconomista. Pero estos dos colectivos están exentos de cotizar parte de marzo y abril completo.
No obstante, estas fuentes explican que pese a que no podrán acceder a la moratoria, sí optarán a un aplazamiento para los meses de mayo, en el caso de las empresas, y de mayo y junio, los autónomos. Aunque eso significa un coste del 0,5% de tipo de interés y la obligación de ir abonando la cuota diferida de forma fraccionada en los próximos seis meses.